La Agencia eleva a 3000 dólares el monto para las compras del exterior por medio de prestadores de servicios postales y courier.
A través de la resolución general 5608 la ARCA eleva a USD 3.000 el monto para las compras del exterior por medio de Prestadores de Servicios Postales (PSP) y Courier.
Al respecto, la resolución dispone que se podrán ingresar por el régimen encomiendas, destinadas a personas humanas o jurídicas, conformadas por hasta 3 unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial, siempre que el peso de cada paquete o pieza postal, independientemente de cual fuere el peso total del envío, sea de hasta 50 kg y el valor FOB de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan los U$S 3.000 por cada envío courier.
Los envíos definidos precedentemente sólo podrán ser utilizados 5 veces por año calendario y por persona.
Por su parte, el Poder Ejecutivo, a mediante el decreto 1065/2024 establece que la importación para consumo de mercadería que ingrese al territorio aduanero a través del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, sin finalidad comercial, hasta un máximo de 5 envíos por año y por persona, queda desgravada del derecho de importación y exenta del pago de la tasa de estadística, hasta un valor FOB equivalente a USD 400 por envío.
Asimismo, ARCA implementa diversas modificaciones normativas que unifican y actualizan las disposiciones existentes sobre la importación y exportación simplificada de mercaderías.
Al respecto, la norma deroga más de 15 reglamentaciones anteriores.
Por otra parte, se establece un marco sancionatorio claro para abordar posibles incumplimientos por parte de los PSP/Courier en el ejercicio de sus actividades.
¿Cómo queda el nuevo régimen de importación de mercaderías a través de Courier?
Julio Echeverria nos comenta las novedades introducidas por la resolución general 5608 de la ARCA sobre el régimen de importación de mercaderías para consumo personal a través de Prestadores de Servicios Postales (PSP) y Courier.
¿Cuáles son los pasos a seguir?
1- El trámite puede ser en nombre de una persona humana como jurídica.
2- Se necesita tener acceso a un medio de pago habilitado para comprar en el exterior.
3- Se requiere tener CUIT y la clave fiscal con nivel de seguridad 3.
Luego de efectuar la compra hay que ingresar en la página de ARCA. Ir a la sección de “Envíos Postales Internacionales” para declarar la recepción de la mercadería.
Si en los próximos 30 días corridos de recibir la mercadería no se hace el registro, la persona no podrá volver a usar este beneficio.
Finalmente, vale recordar que en octubre se eliminó el sistema CUSE, para simplificar normativas y reducir costos asociados a la regulación.
Gacetilla de la ARCA