Blanqueo Laboral: Las empresas que regularicen a sus empleados informales tendrán beneficios tales como: Extinción de la acción penal (Ley Penal Tributaria); Condonación de infracciones, multas y sanciones; Baja en el Registro de Sanciones Laborales (REPSAL); Condonación de deudas por capital e intereses.
Fondo de Cese Laboral: El empleador realiza contribuciones de forma regular de no más de un 8% del salario y al momento del cese laboral, el empleado recibe una compensación inmediata que reemplaza a la tradicional indemnización por despido.
Ampliación del Período de Prueba: Se extiende a 6 meses el período de prueba, con la posibilidad de extenderlo a 8 meses dependiendo del tamaño de la compañía y hasta 1 año para empresas de hasta 5 empleados.
Eliminación de sanciones por no registro de empleados: Ya no obligarán más a una empresa a pagarle indemnización a un empleado que no esté en regla.
Flexibilización de relaciones laborales: Esto permite contratar un colaborador y no ser responsable de todas las cargas sociales e impositivas.
Tercerización Laboral: Permite contratar empleados temporales a través de otra empresa que terceriza esas contrataciones, bajo la modalidad de colaboradores o de contratos de locación.
Limitación del derecho a la acción colectiva: Básicamente, limita que los trabajadores tomen la planta, hagan paros, huelgas, o bloqueen la salida y entrada de envíos/mercadería.
Funcionamiento de sindicatos: Prohíbe a los sindicatos intervenir en relaciones laborales en lo que respecta a las denuncias de falta de registración, de este modo el trabajador podrá hacerlo a través de la autoridad de aplicación (AFIP)
Licencia por embarazo: Ahora la mujer, puede ELEGIR (no está obligada) cómo distribuir sus 90 días de licencia. Antes eran 45 días antes y 45 días después del parto. Ahora puede trabajar hasta 10 días antes del parto y el resto del período total de licencia se acumulará al período de descanso posterior al parto.