Con efectos desde el 1° de mayo (devengado), se eleva a $ 506.230 mensuales (brutos) el mínimo a partir del cual los empleados y jubilados comenzarán a pagar el impuesto. También se eleva a $ 583.851 el tope para la deducción especial incrementada, por tramos.
El Gobierno confirmó esta semana que el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias se actualizará de los $ 404.062 a los $ 506.230 brutos, lo que eximirá a unos 250.000 trabajadores del pago del gravamen.
Además, también se mantendrá la deducción especial incrementada para quienes ganen entre $ 506.230 y $ 583.851. Así, a partir de mayo los trabajadores que cobren salarios netos por debajo de los $ 415.000 ya no deberán pagar Ganancias.
La suba, calculada en base a la variación del RIPTE entre octubre de 2022 y enero de 2023, supone una corrección del 25,29% durante ese período, una actualización que sigue quedando por detrás del avance inflacionario.
En el caso de los jubilados, el Impuesto a las Ganancias también puede ser percibido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aunque su cálculo varía. ¿De cuánto será el nuevo piso ahora?
Impuesto a las Ganancias para jubilados: de cuánto será el nuevo piso
Los jubilados y pensionados que pagan Ganancias lo hacen sobre una base de cálculo distinta a la de los trabajadores: estos tributan el impuesto cuando sus haberes superan ocho veces el haber mínimo dispuesto por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Dado que la jubilación mínima desde abril y hasta junio es de $ 58.646 tras la suba de 17,04% dispuesta por el Gobierno para el segundo trimestre del año, entonces deberían pagar Ganancias los jubilados con haberes a partir de los $ 469.168.
Sin embargo, la actualización del piso actual dejará al mínimo no imponible de los jubilados desfasado respecto al de los trabajadores. Por ende, el piso será equivalente a los $ 506.230 que comenzarán a correr el mes entrante para todo individuo sujeto a Ganancias.