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Reforma laboral: el Gobierno evalúa enviar un proyecto al Congreso

Fecha: 06/02/2024

Tras los fallos adversos, el oficialismo buscará incluir los aspectos del decreto en un proyecto de ley.

Ante la posible confirmación del fallo de la sala de feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que hizo lugar a un amparo de la Confederación General del Trabajo (CGT) y declaró inconstitucional el capítulo sobre reforma laboral del DNU 70/2023, el Gobierno nacional analiza la posibilidad de enviar una propuesta de cambios a las leyes laborales al Congreso para que sea tratada apenas comienzan las sesiones ordinarias.
Hace unos días, Oscar Zago, presidente del bloque de Diputados de La Libertad Avanza, destacó que el Poder Ejecutivo está considerando presentar ante el Congreso una propuesta de reforma laboral, después de la gran cantidad de reclamos judiciales que tuvo el DNU 70/2023.
“Seguramente vamos a mandar muchos de esos puntos como proyecto de ley, el mundo entero cambió y nosotros también debemos cambiar”, comentó el legislador en declaraciones radiales, y argumentó que “hay varias leyes que se quedaron en 1945 y por eso no vienen inversiones ni empresas nuevas y mucha gente no quiere apostar al país”.
En ese contexto añadió: “Espero que podamos tratarlo, vamos a seguir discutiendo para que se sienten con nosotros porque verdaderamente así no podemos seguir”.
Desde la Casa Rosada reconocieron que ya están trabajando en un proyecto de ley que podría ser más amplio que el del DNU 70/2023. Podría ser presentado por el presidente Javier Milei durante el discurso de apertura de sesiones ordinarias el próximo 1 de marzo.
Uno de los puntos más polémicos que estaría incluido es la posibilidad de que el empleador y trabajador pacten modificaciones a condiciones esenciales del contrato de trabajo y solicitar su homologación por parte de la autoridad.
Este paquete de medidas era una de las más ambiciosas de las insertas en el Decreto 70/23 publicado en diciembre del año pasado, el cual desregula diversos aspectos de la economía.

Qué apoyaría parte de la oposición

Un sector de la oposición apoyaría algunas de las reformas contenidas en el decreto si se respeta el camino legislativo. Emilio Monzó, diputado de Hacemos Coalición Federal, había sugerido la disposición de sugrupo para abordar, durante las deliberaciones sobre la Ley Ómnibus, “la predeterminación de las multas, el fondo de cese de empleo y la prórroga del período de prueba”.
El DNU reduce las indemnizaciones por despido al limitar los ítems que se deben tener en cuenta a la hora de calcular la liquidación: “La base de cálculo de esta indemnización no incluirá el Sueldo Anual Complementario, ni conceptos de pago semestral o anual”.
Además, avala la creación voluntaria de un fondo de cese para hacer frente a las indemnizaciones. “Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al 8% de la remuneración computable”. Este régimen está vigente para el gremio de la construcción.
También incorpora la posibilidad de que los empleadores opten por “contratar un sistema de capitalización a su costo, a fin de solventar la indemnización”.
En cuanto a las multas laborales, el DNU deroga las multas por falta de registro o deficiente registración y pago tardío.
La ley 24.013 disponía sanciones que derivaban en la duplicación y hasta triplicación de indemnizaciones por despido, en supuestos en que el empleador no hubiese registrado, o hubiese registrado deficientemente el vínculo laboral.
Esto se complementa con la derogación de la ley 25.323, que preveía: (i) la duplicación de indemnización por despido en caso de falta o deficiente de registración del vínculo; y (ii) un incremento del 50% de las indemnizaciones, cuando se obligaba al empleado a accionar para recibir el pago de sus indemnizaciones.
También se elimina el agravamiento indemnizatorio en el caso del personal de casas particulares, se suprime la presunción de existencia de conducta maliciosa y temerosa del empleador en caso de falta de pago en término y sin causa justificada de las indemnizaciones, y la consecuente multa.
Se impulsa a la creación de una plataforma virtual para la emisión de certificados de trabajo, considerándose cumplida la obligación de entrega con la mera incorporación de los mismos en dicha plataforma.
En este punto, en cuanto a las multas, el DNU deroga los artículos 43 a 48 de Ley 25.345, que preveían sanciones por la falta de entrega de los mencionados certificados, y por omisión de ingresar aportes de seguridad social retenidos al trabajador.
Sobre el período de prueba, el DNU lo extiende a 8 meses. Hasta ahora, con la norma frenada judicialmente, es de tres meses.
Otro de los puntos en los que habría acuerdo por parte de la oposición es la de habilitar la posibilidad de solicitar la homologación de los convenios de extinción de la relación laboral por mutuo acuerdo.