Conocé la fecha límite de la recategorización que ya se puede realizar tras el IPC de diciembre 2024 y las tablas de monotributo del semestre pasado.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero difundió los cuadros de categorías y valores del monotributo aplicables a partir del 1° de febrero de 2025. Esta información llega luego que el INDEC revele la inflación del último mes del año pasado, que fue del 2,7%.
Ahora bien, ¿qué es la recategorización?
La ARCA explicó que es “la evaluación de parámetros que deben realizar las y los monotributistas para saber si deben mantener la categoría en la que se encuentran o deben modificarla. Si los parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.”
Es el art 20 de la RG 5546 de la ex AFIP que establece: “La recategorización semestral se efectuará hasta el día 5 de los meses de agosto y febrero, respecto de cada semestre concluido en junio y diciembre respectivamente, y la obligación de pago resultante de la misma tendrá efecto a partir de los períodos devengados agosto y febrero, respectivamente. Cuando la fecha de vencimiento indicada en el párrafo anterior coincida con día feriado o inhábil, la misma se trasladará al día hábil inmediato siguiente.'
¿Cuándo es la fecha límite para la recategorización?
El próximo vencimiento de la recategorización es el 5/2/2025.