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Casas particulares: rectificación de haberes mínimos de agosto a diciembre 2026

Casas particulares: rectificación de haberes mínimos de agosto a diciembre 2026

La medida corrige referencias técnicas de la resolución previa y ratifica los aumentos remunerativos previstos para el personal del sector.

La Resolución 7/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares dispuso la rectificación de la Resolución 6/2026, mediante la cual se habían establecido nuevos valores de remuneraciones mínimas para el personal comprendido en el régimen de la Ley N.º 26.844.

Según surge de los considerandos de la norma, se detectó un error material involuntario en la identificación de los informes incorporados como Anexos 4 y 5 de la resolución anterior. Por ello, la Comisión resolvió corregir los números de los documentos que contienen las escalas salariales correspondientes.

Modificación del Anexo correspondiente a noviembre 

El artículo 1 sustituye la redacción del artículo 4 de la Resolución 6/2026 y establece que el incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para noviembre de 2026 será del 1,6%, tomando como base los salarios mínimos fijados previamente para el sector.

Asimismo, precisa que las escalas salariales se encuentran contenidas en el Anexo 4 identificado como IF-2026-85628114-APN-CNTCP#MCH.

Las escalas rectificadas comprenden las distintas categorías del régimen de casas particulares, incluyendo supervisores, personal para tareas específicas, caseros, asistencia y cuidado de personas, y personal para tareas generales.

Modificación del Anexo correspondiente a diciembre

Por su parte, el artículo 2 rectifica el artículo 5 de la Resolución 6/2026 y confirma que el incremento salarial para diciembre también será del 1,6%, aplicado sobre los valores establecidos para el período precedente.

La norma identifica correctamente al Anexo 5 bajo el número IF-2026-85636281-APN-CNTCP#MCH, que contiene las escalas vigentes para dicho mes.

Al igual que en noviembre, las remuneraciones se fijan para todas las categorías comprendidas en el régimen de trabajo en casas particulares.

Alcance de los cambios

La resolución no introduce alteraciones en los porcentajes de aumento salarial ni en los valores de las remuneraciones mínimas previamente aprobados.

Se recuerda que la Resolución (CNTCP) 6/2026 instauraba una suba de las remuneraciones mínimas horarias y mensuales para todo el personal del sector.

La misma se dispuso de manera escalonada: 1,9% en agosto (sobre salarios de julio), 1,8% en septiembre (sobre salarios de agosto), 1,7% en octubre (sobre salarios de septiembre), 1,6% en noviembre (sobre valores de octubre) y 1,6% en diciembre (sobre salarios de noviembre).

Asimismo, se otorgó una suma no remunerativa por única vez con los salarios de agosto de 2026. El monto fue de $20.000 para el personal que preste tareas de 16 o más horas semanales; $11.500 para quienes trabajen entre 12 y 16 horas semanales; y $8.000 para quienes cumplan menos de 12 horas semanales.

Finalmente, la resolución dispuso la incorporación progresiva de dicha suma a los salarios básicos. Se integró un 25% en septiembre, un 50% en octubre y el 25% restante en noviembre de 2026.

Estudio Roldán

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