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Inocencia Fiscal II: el proyecto pasó a la firma en el Senado

Inocencia Fiscal II: el proyecto pasó a la firma en el Senado

El plenario de comisiones dio dictamen al proyecto, que propone modificaciones en el Impuesto a las Ganancias y en el procedimiento tributario.

Las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda del Senado, se reunieron en plenario para avanzar en el tratamiento del proyecto de ley en revisión, denominado “Inocencia Fiscal II”, y habilitaron la firma del dictamen correspondiente.

La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional, plantea modificaciones sustanciales a la Ley de Procedimiento Tributario (L. 11.683), a la modalidad simplificada de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias (L. 27.799) y al régimen sancionatorio de la Ley 25.191. El texto ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, aprobada el pasado 26 de agosto de 2026.

Análisis técnico y cambio de paradigma en la relación tributaria

Durante el encuentro expusieron como invitados Martín Caranta, contador especializado en Derecho Tributario, y Juan Martín Jovanovich, abogado especializado en la materia. Ambos brindaron consideraciones técnicas sobre el alcance de la iniciativa y las modificaciones que propone al régimen tributario vigente. 

El contador Caranta sostuvo que la iniciativa representa 'un cambio de paradigma en la relación fisco-contribuyente', destacando que el sistema pasa de actuar con 'prejuicios y castigos' a consolidar un régimen basado en la confianza, la libertad y los incentivos al buen cumplimiento.

Por su parte, el abogado Jovanovich remarcó que el proyecto facilita la presentación de las declaraciones juradas y 'mejora la constitucionalidad de la norma' al no afectar el principio de capacidad contributiva. Asimismo, resaltó que la reforma restablece el principio procedimental según el cual quien alega un hecho debe probarlo, suprimiendo la inversión de la carga de la prueba sustentada en presunciones por parte de la autoridad de fiscalización.

Aspectos centrales de la reforma proyectada

A continuación, se sintetizan las principales medidas y modificaciones normativas previstas en el proyecto:

  • Eliminación de topes para el Régimen Simplificado: se quitan los límites de ingresos ($1.000 millones) y patrimonio ($10.000 millones) que regían para acceder al régimen simplificado de Ganancias, ampliando el universo de personas humanas alcanzadas.

  • Exclusiones y régimen para funcionarios públicos: se omite del esquema a grandes contribuyentes. Para quienes ejerzan o hayan ejercido cargos de alta responsabilidad pública en los últimos 5 años, el sistema solo funcionará como un canal operativo de presentación y pago, sin gozar del bloqueo fiscal, la presunción de exactitud ni de otros beneficios o inmunidades.

  • Nueva definición de 'discrepancia significativa': se establece un umbral de tolerancia del 15% sobre el impuesto determinado o reducción de quebrantos para configurarla. Se fija además un piso mínimo equivalente al 5% del monto del artículo 1° del Régimen Penal Tributario por debajo del cual no habrá discrepancia. Corresponderá a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la carga de probar la diferencia que supere dicho porcentaje.

  • Mecanismo de subsanación y bloqueo fiscal: se otorga un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación administrativa para presentar declaraciones juradas rectificativas y cancelar los saldos correspondientes, permitiendo conservar los beneficios del bloqueo fiscal siempre que la regularización se efectúe antes del 31 de diciembre de 2027.

  • Reducción de sanciones formales: se prevé una reducción automática del 25% en multas formales para MicroPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro, buscando morigerar la presión punitiva e incentivar la regularización voluntaria.

Estudio Roldán

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