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Prórroga de ganancias: ARCA realizó aclaraciones respecto de las formas de pago

Prórroga de ganancias: ARCA realizó aclaraciones respecto de las formas de pago

El fisco lo hizo respecto de la prórroga para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias de personas humanas correspondiente al período fiscal 2025.

A causa de la prórroga -dispuesta por la Resolución General 5876/2026- que desdobla las fechas de presentación y pago del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas, alcanzando tanto a contribuyentes del régimen general como a quienes adhieren al Régimen de Declaración Jurada Simplificada, la ARCA hizo clarificaciones para proceder al pago del impuesto, considerando que este antecede a la presentación.

Para cancelar la obligación tributaria, el fisco recordó las siguientes alternativas de pago:

  • VEP (Volante Electrónico de Pago): el contribuyente deberá generarlo a través del servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos”.

  • Plan de facilidades de pago: de manera excepcional, se permitirá regularizar el saldo del impuesto antes de presentar la declaración jurada. Para ello, será necesario ingresar manualmente los datos de la obligación en la pantalla “Validación de deuda”.

  • Compensación: podrá efectuarse a través de una Presentación Digital, utilizando el trámite “Procesamiento o anulación de compensaciones”.

En el marco de los cambios, la entidad fiscal mantuvo para el Impuesto sobre los Bienes Personales las fechas ya vigentes, mientras que para Ganancias fijó la presentación de la declaración jurada para el 27 de agosto de 2026, con fecha de pago el 27 de julio de 2026.

Además, el organismo reprogramó el vencimiento del primer anticipo de Ganancias 2026, trasladándolo de agosto a septiembre. Los pagos vencerán el 14 de septiembre para CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3; el 15 de septiembre para terminados en 4, 5 y 6; y el 16 de septiembre para terminados en 7, 8 y 9.

Estudio Roldán

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