ARCA prorrogó el plazo para que las personas humanas presenten su declaración jurada, pero mantiene el 27 de julio como plazo límite para realizar el ingreso del impuesto.
La ARCA oficializó, a través de la publicación de la resolución general 5876, la extensión, hasta el 27 de agosto, del plazo para presentar la declaración jurada del impuesto a las ganancias, correspondiente al período fiscal 2025.
El pago del saldo resultante se sigue manteniendo como fecha límite el 27 de julio.
En cuanto al vencimiento de la presentación de la declaración jurada y el pago del saldo resultante del impuesto sobre los bienes personales no hubo modificación alguna, y se podrá cumplir hasta el 27 de julio, inclusive.
¿Qué pasa con los anticipos de ganancias?
La RG (ARCA) 5876 establece que, el ingreso del primer anticipo del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2026, con vencimiento original en el mes de agosto, se deberá cumplir entre el 14 y 16 de septiembre según la terminación de la CUIT del contribuyente.
Se recuerda que esta medida había sido anunciada por ARCA a través de su cuenta de X, el pasado viernes 17 de julio, luego de la reunión que el Ministro de Economía Luis Caputo, junto con otros funcionarios, mantuvieron con un grupo de tributaristas.

