La SRT definió el nuevo monto de las sanciones por incumplimientos de los empleadores autoasegurados, las ART y las compañías de seguros de retiro.
Por medio de la Resolución 22/2026, publicada hoy en Boletín Oficial, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) fijó en $86.498,30 el importe que deberán abonar los empleadores autoasegurados (EA), las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) y las compañías de seguros de retiro, en concepto de multa por incumplimiento de las obligaciones, a partir del 1 de mayo de 2026.
El monto surge de aplicar la equivalencia del valor Módulo Previsional (MOPRE), de acuerdo a la última actualización del valor del Haber Mínimo Garantizado realizada por el ANSES por medio de la Resolución 110 de fecha 30 de abril pasado.
Se recuerda que el decreto 1694/2009 determinó que la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) es la encargada de publicar el importe actualizado que surja de aplicar la equivalencia prevista en el artículo 15 del referido decreto, en cada oportunidad en que la ANSES proceda a actualizar el monto del Haber Mínimo Garantizado, de conformidad con lo que prevé en el artículo 8 de la ley 26417.
Nuevo procedimiento para infracciones y ejecución de las multas
Por su parte, la Resolución (SRT) 21/2026 de hoy, aprueba el “Procedimiento para la Comprobación y Juzgamiento de Infracciones y Ejecución de las Sanciones de Multa en el marco de la Ley N° 24.557 y sus normas complementarias y reglamentarias”, cuyo objetivo es modificar el procedimiento que rige el instituto del Pago Voluntario, incorporando lineamientos específicos en materia de plazos y acreditación de cumplimiento.
IMPORTANTE: se dispone la aplicación inmediata de la nueva norma a los procesos en trámite.

