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Ley de Libertad Educativa: los ejes de la reforma

Ley de Libertad Educativa: los ejes de la reforma

Formas alternativas de enseñanza en el hogar, mayor libertad curricular, autonomía de las instituciones educativas y participación familiar.

Entre los proyectos que el Poder Ejecutivo enviará al Congreso, se encuentra la Ley de Libertad Educativa que el Consejo de Mayo incluyó en su informe final.
La iniciativa del Gobierno apunta a otorgar mayor autonomía a las instituciones educativas, a reconocer la educación en el hogar y en entornos virtuales, y a garantizar la igualdad jurídica entre escuelas estatales y privadas.
Además, consagra la libertad educativa como derecho fundamental, reconoce el rol preferente de las familias y establece que el Estado debe actuar como garante del acceso y la permanencia.
En resumen, la iniciativa propone “una educación inicial, primaria y secundaria útil y moderna, con alfabetización plena y sin abandono escolar”.

Los puntos principales

• Libertad educativa como derecho humano.
• Educación básica como servicio esencial: en situaciones de conflicto laboral se debe garantizar la continuidad mínima del servicio educativo.
• Nuevas formas de escolarización: se reconocen formatos presenciales, híbridos, comunitarios, domiciliarios y a distancia. Todos ellos bajo supervisión y evaluación basada en estándares nacionales y jurisdiccionales.
• Contenidos mínimos y mayor libertad curricular: se establecen criterios para formular contenidos mínimos obligatorios para todo el país; y se reserva una porción significativa de la jornada escolar para las propuestas de definición institucional de cada escuela.
• Fortalecimiento de la evaluación: se busca establecer un sistema nacional de evaluación objetivo, transparente y periódico.
• Autonomía pedagógica y curricular de las instituciones educativas: posibilidad de definir el proyecto institucional, los métodos de enseñanza, la organización interna y el calendario escolar.
• Participación familiar: mecanismos de participación efectiva de los padres en las escuelas de gestión estatal, a través de Consejos.
• Formación en trabajo: a partir del nivel secundario, se promueve una alianza entre las instituciones educativas con los sectores de la producción y el trabajo, para fortalecer la formación integral y la orientación vocacional de los estudiantes.
• Docentes: se apunta a modernizar la carrera docente. Se promueve la participación del equipo directivo en los procesos de selección del personal docente en la gestión estatal.
• Federalismo: el Consejo Federal de Educación coordina y articula entre la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.

Formas alternativas de enseñanza

A fin de garantizar el pleno ejercicio del derecho de enseñar y aprender, se reconoce el derecho a recibir Educación Básica mediante formas alternativas de enseñanza, “entendidas como procesos de enseñanza y aprendizaje dirigidos a estudiantes que no asisten regularmente a una institución de Educación Básica”.
Se incluyen, entre otras, las siguientes:
• Educación en el hogar: dirigida por los responsables parentales o tutores (el denominado “homeschooling”).
• Educación en Entornos Virtuales de Aprendizaje o Sistemas Digitales Integrales: procesos educativos mediados por tecnologías, con modalidad virtual o híbrida.
Las formas alternativas de enseñanza se organizan y desarrollan libremente en cuanto a la elección de los métodos, materiales, ritmos y entornos de aprendizaje, con las restricciones derivadas del orden constitucional y las leyes vigentes.
Los estudiantes que sigan una forma alternativa de enseñanza deben inscribirse en el registro jurisdiccional correspondiente, sin controles invasivos de la vida familiar ni sobre la orientación pedagógica elegida.
Además, deben acreditar periódicamente contenidos mínimos nacionales y jurisdiccionales, mediante evaluaciones estandarizadas en cualquier institución de Educación Básica reconocida, estatal o privada.

Estudio Roldán

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