Con el nuevo decreto 614/2025, los feriados que caen en fin de semana podrán trasladarse. Enterate qué implica esta nueva reglamentación y cómo se liquidan según la LCT.
Mediante el Decreto 614/2025, el Poder Ejecutivo Nacional estableció una nueva reglamentación que permite trasladar los feriados nacionales que coincidan con días sábado o domingo, una situación que hasta ahora no estaba contemplada expresamente en la legislación vigente.
Esta medida busca completar el régimen previsto por la Ley N° 27.399, que regula los feriados nacionales y fines de semana largos en la República Argentina.
Traslado de feriados en fin de semana
El artículo 1° del decreto dispone que los feriados nacionales trasladables que coincidan con un sábado o domingo podrán ser movidos al lunes inmediato posterior o al viernes inmediato anterior, según lo determine la autoridad competente. Esta disposición busca evitar que estos feriados pierdan su carácter trasladable por caer en días no laborables habituales.
El próximo feriado cae domingo 12 de octubre, aunque, con la nueva regla de traspaso el Jefe de Gabinete de Ministros, a través de la Resolución 139/2025, traslado este feriado al día 10 de octubre por el “Día del Respeto a la Diversidad Cultural”.
¿Cómo se liquidan los feriados?
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT), en su artículo 166 instaura el régimen para la liquidación de los días feriados.
Equiparado a los mismos al descanso dominical, en principio está prohibido trabajar salvo excepciones del art. 203 LCT.