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Monotributo: ARCA difundió las escalas para la segunda recategorización de 2025

Monotributo: ARCA difundió las escalas para la segunda recategorización de 2025

Tras la difusión del IPC de junio, la Agencia difundió los cuadros de categorías y valores del monotributo a tener en cuenta para la recategorización que vence el 5 de agosto.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero difundió los cuadros de categorías y valores del monotributo aplicables a partir del 1° de agosto de 2025.

Esta información llega luego de que el INDEC revele la inflación del mes de junio que ascendió al 1,6%, dando un acumulado para el primer semestre del año del 15,1%.

¿Cómo se realiza la recategorización?

Se debe ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal, seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría.

Luego se debe seleccionar la opción “continuar recategorización”.

Ahí se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses.

Con estos datos, el sistema determinará la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “confirmar categoría”.

Luego, imprimir la nueva credencial.

¿Qué es la recategorización?

La recategorización es la evaluación de parámetros que deben realizar los monotributistas para saber si deben mantener la categoría en la que se encuentran o deben modificarla. 

Si los parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.

Es el art 20 de la resolución general (AFIP) 5546 establece: “La recategorización semestral se efectuará hasta el día 5 de los meses de agosto y febrero, respecto de cada semestre concluido en junio y diciembre respectivamente, y la obligación de pago resultante de la misma tendrá efecto a partir de los períodos devengados agosto y febrero, respectivamente. Cuando la fecha de vencimiento indicada en el párrafo anterior coincida con día feriado o inhábil, la misma se trasladará al día hábil inmediato siguiente.'

¿Cuándo es la fecha límite para la recategorización?

El próximo vencimiento de la recategorización es el 5 de agosto de 2025. Cuadro de categorias y valores al 1/8/2025.


Estudio Roldán

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