Conocé cómo impacta la inflación acumulada, luego del aumento de precios de junio comunicado por INDEC, en ganancias y monotributo.
Hoy, a las 16 horas, el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) confirmó que el Índice de Precios al Consumidor se ubicó en un 1,6% durante el mes de junio, superando apenas al 1,5% registrado en mayo.
Con esta nueva cifra, la inflación acumulada en lo que va del año asciende a un 15,1%, mientras que la variación interanual (últimos 12 meses) alcanza un 39,4%.
Recordamos que con el dato de la inflación acumulada en el primer semestre, se determinan ciertos cambios impositivos, como las escalas del impuesto a las ganancias y los montos de las categorías del monotributo.
Principales variaciones de junio
El informe del INDEC también detalla cuáles fueron los rubros que más contribuyeron a la suba general de precios:
• Mayor aumento: La división de mayor incidencia en el mes fue Educación (3,7%), por subas en el valor de las cuotas de los servicios educativos.
Le siguió Vivienda, agua, electricidad y otros combustibles (3,4%), por incrementos en Alquiler de la vivienda y gastos conexos, por aumentos en alquileres y expensas.
• Menor variación: Las dos divisiones que registraron las menores variaciones en junio fueron Alimentos y bebidas no alcohólicas (0,6%) y Prendas de vestir y calzado (0,5%).
Impacto en ganancias y monotributo
En cuanto a la escalas del impuesto a las ganancias de cuarta categoría, cabe recordar que, de acuerdo con lo dispuesto por la RG (AFIP) 4003, la metodología de cálculo de las retenciones implica la acumulación de las remuneraciones devengadas a lo largo de todo el año calendario. A partir del 1° de julio, se computará el segundo semestre, acumulando las remuneraciones devengadas en ese período con los valores mensuales actualizados por IPC.
Se debe tener en cuenta que al día de la fecha, no se han actualizado las tablas de deducciones ni las escalas del impuesto a las ganancias, cuarta categoría, por lo que continúan vigentes las establecidas a partir de enero de 2025.
Respecto a la actualización de las escalas del Monotributo, que se realiza dos veces por año (enero y julio), se debe tomar como referencia el IPC acumulado del semestre anterior. Para julio, se considerará la variación entre enero y junio, y las nuevas escalas rigen desde agosto.
Por otro lado, para efectuar su categorización y recategorización, los pequeños contribuyentes deberán considerar los valores de los parámetros de ingresos brutos, superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida y alquileres devengados al 30 de junio de 2025.
Al respecto, el Subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari, publicó en su cuenta de X “El tope de facturación anual del monotributo pasará de 82 a 95 millones de pesos. Equivale a 74.500 dólares por año…”.